AVISO DE REMATE
ARTICULO 450 DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO (LEY 1564 DE 2012).
JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE FUSAGASUGA – CUNDINAMARCA.
Clase de proceso: Divisorio de LUPERCIO HIDALGO PENAGOS contra BLANCA DILVIA SOTELO PAEZ. Radicación Número: 252903113001-2022-00130-00.
Fecha y hora para la realización del Remate: Cuatro (04) de agosto del año dos mil veintiséis (2026), a la hora de las dos de la tarde (2:00 p.m.).
Descripción del bien: Se trata del inmueble Casa número 18 que forma parte del Bifamiliar Acapulco Interior 18, ubicado en la Calle 19 No. 8-02 del Municipio de Fusagasugá, cuyos linderos son: Una casa de habitación sometida al régimen de propiedad horizontal, localizada en la calle 19 No. 8-02 interior 18, de la urbanización «Acapulco», ubicada en la ciudad de Fusagasugá. Dicho inmueble tiene los siguientes linderos y medidas: Casa interior 18 de la calle 19 No.8- 02, con matrícula inmobiliaria No. 157-0041581 de la oficina de registro de instrumentos públicos de Fusagasugá y cédula catastral 01-00-0443-0088-905, cuyos linderos son: «PRIMER PISO: Por el Noreste, en extensión de dos metros (2.00 mts), con antejardín que lo separa del parque Acapulco, en extensión de dos metros veinte centímetros (2,20 rnts), con garaje descubierto que lo separa del parque Acapulco, Y en extensión de cinco metros noventa centímetros {S,90 mts}, con muro que lo separa del mismo parque Acapulco de la urbanización Acapulco; Por el Sureste, en extensión de siete metros (7.00 mts}, con muro común al medio que lo separa de la casa número nueve (9) de la urbanización Acapulco; Por el Suroeste, en extensión de dos metros (2.00 mts) con antejardín que lo separa de la casa número diez y siete (17), y en extensión de ocho metros diez centímetros {8,10 mts) con muro que lo separa de la casa número diez y siete (17) de la urbanización Acapulco; Por el noroeste, en extensión de cuatro metros veinte centímetros (4,20 mts) y dos metros ochenta centímetros {2,80 mts), con antejardín que lo separa de la vía interna tipo «B» de la urbanización Acapulco; Por el Nadir, con terreno sobre el cual se levanta la construcción; Por el Cénit, en altura de dos metros treinta centímetros (2,30 mts) con placa que lo separa de la segunda planta de la unidad privada. SEGUNDO PISO: Por el Noreste, en extensión de tres metros veinte centímetros {3.20 mts), con muro que lo separa de vacío sobre el garaje descubierto de la unidad privada, que linda con el parque Acapulco y en extensión de cinco metros noventa centímetros (5,90 mts), con muro que lo separa del parque Acapulco de la urbanización Acapulco; Por el Sureste, en extensión de cuatro metros treinta y cinco centímetros {4,35 mts), con muro común al medio que lo separa de la casa número nueve (9), en extensión de dos metros sesenta y cinco centímetros (2,65 mts), con muro que lo separa de vacío sobre patio posterior de la unidad privada, que linda con la casa número nueve (9) de la urbanización Acapulco; Por el Suroeste, en extensión de dos metros cincuenta centímetros (2,50 mts) con muro que lo separa de vacío sobre patio posterior de la unidad privada que linda con la casa número diecisiete (17), y en extensión de seis metros sesenta centímetros (6,60 mts), con muro que lo separa de la casa número diecisiete (17) de la urbanización Acapulco; Por el Noroeste, en extensión de tres metros quince centímetros (3,15 mts), con muro que lo separa de vacío sobre garaje descubierto y posteriormente sobre antejardín de la unidad privada que linda con la vía interna de tipo «B» Y en extensión de tres metros setenta y cinco centímetros (3,75 mts}, con muro que lo separa de vacío sobre antejardín que linda con la vía interna tipo «B» de la urbanización Acapulco; Por el Nadir, con placa que lo separa de la primera planta de la unidad privada, Por el Cénit, en altura de dos metros treinta centímetros (2,30 mts), y con metros veinticinco centímetros (5,25 mts) con tejado que lo separa de la cubierta de la unidad privada». Este inmueble se encuentra sometido al régimen de propiedad separa u horizontal y hace parte del bifamiliar Acapulco Trece (13), conformado por dos (2) unidades privadas identificadas con los números interiores nueve (9) y dieciocho {18), construido en el lote número trece (13) de la manzana «B» de la urbanización Acapulco, cuyos linderos y medidas constan en la escritura de reloteo número mil doscientos ochenta y uno (1.281) de mayo veintidós (22) de mil novecientos ochenta y nueve (1989} de la Notaría de Fusagasugá, y que son: «POR EL NORESTE, en extensión de veinte metros veinte centímetros (20,20 mts) con zona verde de parque Acapulco; POR EL SURESTE, en extensión de siete metros (7,00 mts) con la vía interna tipo «A• de la urbanización Acapulco; POR EL SUROESTE, en extensión de veinte metros veinte centímetros (20,20 mts) con el lote número doce {12) de la manzana «B» de la urbanización Acapulco; POR EL NOROESTE, en extensión de siete metros (7,00 mts) con la vía interna de tipo •e• de la urbanización Acapulco». Dicha escritura de reloteo se encuentra registrada en el folio de matrícula inmobiliaria número 157-0038081 de la Oficina de registro de instrumentos públicos de Fusagasugá y cedula catastral número 01-00-0443-0088-905. Total avalúo: DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS MCTE. ($253’435.000,00). Base de la licitación: El cien por ciento (100%) del total del avalúo dado a la cuota parte de los inmuebles. Porcentaje que debe consignarse para hacer postura: será el cuarenta por ciento (40%) sobre el valor total del avalúo dado al inmueble. Proceso Que se Tramita En: Juzgado Primero Civil del Circuito de Fusagasugá Secuestre: Sociedad GESTIONES ADMINISTRATIVAS S.A.S., la cual puede ser localizada en la carrera 10 número 14-56 Edificio el Pilar Oficina 308 de la ciudad de Bogotá D.C., teléfono celular 3166911974, correo electrónico: mailto:gestionesadm20@gmail.com
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